La Fabricación, colocación y retiro de propaganda electoral en función a un medio ambiente sano

Autores/as

  • Mayte Casalez Campos Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, en el Estado de Morelos.

Palabras clave:

Propaganda electoral, Retiro, Sanciones, Colocación, Fabricación, Medio Ambiente.

Resumen

RESUMEN: El presente artículo tiene como finalidad desarrollar de modo sucinto el origen de la normativa electoral existente, a efecto, de brindar una mayor protección y salvaguarda del medio ambiente en lo concerniente a la propaganda electoral, específicamente, a la fabricación, colocación y retiro de la misma. Así mismo, se evocará la normatividad vigente a nivel federal respecto de los materiales permitidos para la fabricación de la propaganda electoral y los artículos promocionales utilitarios, las hipótesis específicas que prohíben la colocación de propaganda en determinados espacios físicos y, la regulación del retiro de la propaganda electoral,
de conformidad con lo establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Elecciones y el Reglamento de Fiscalización, estos últimos, emitidos por el Instituto Nacional Electoral. 
Finalmente, se establecen los procedimientos administrativos sancionadores idóneos para sancionar el incumplimiento a dicha legislación, sin perder de vista que los mismos, cumplan la función plena de promocionar las precampañas y campañas
electorales utilizando materiales biodegradables, no porque la norma lo prohíba y sancione, sino, atendiendo primordialmente a la conciencia de propiciar un medio ambiente sano.

Biografía del autor/a

Mayte Casalez Campos, Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, en el Estado de Morelos.

El presente artículo tiene como finalidad desarrollar de modo sucinto el
origen de la normativa electoral existente, a efecto, de brindar una mayor protección y salvaguarda del medio ambiente en lo concerniente a la propaganda electoral, específicamente, a la fabricación, colocación y retiro de la misma. Así mismo, se evocará la normatividad vigente a nivel federal respecto de los materiales permitidos para la fabricación de la propaganda electoral y los artículos promocionales
utilitarios, las hipótesis específicas que prohíben la colocación de propaganda en determinados espacios físicos y, la regulación del retiro de la propaganda electoral, de conformidad con lo establecido en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Elecciones y el Reglamento de Fiscalización, estos últimos, emitidos por el Instituto Nacional Electoral. 
Finalmente, se establecen los procedimientos administrativos sancionadores idóneos para sancionar el incumplimiento a dicha legislación, sin perder de vista que los mismos, cumplan la función plena de promocionar las precampañas y campañas electorales utilizando materiales biodegradables, no porque la norma lo prohíba y sancione, sino, atendiendo primordialmente a la conciencia de propiciar un medio
ambiente sano. 

Descargas

Publicado

2023-12-31