La convencionalidad y su compatibilidad con el procedimiento de responsabilidad administrativa, en México

Autores/as

  • Agustín Zavala González
  • Gustavo Adolfo Pozas Márquez Universidad Autónoma del Estado de Morelos

Palabras clave:

Control de Convencionalidad, derechos humanos, bloque de constitucionalidad, funciones jurisdiccionales, Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos

Resumen

1. El Control de Convencionalidad es una institución jurídica que fue incorporada
en México, como producto de una reforma constitucional en materia de
Derechos Humanos de 2011,1 a través de ella, se configuró un mecanismo de
protección de los derechos y prerrogativas que conforman el parámetro de
control de la regularidad constitucional o bloque de constitucionalidad, derivado
de las adecuaciones del artículo primero constitucional.
2. El Control de Convencionalidad como institución jurídica se sigue desarrollando
a nivel de sistema regional de protección de los derechos humanos a través de
diversas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a nivel
nacional en México por las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación. Las implicaciones y alcances determinados en ambos foros son distintos. En México el Control de Convencionalidad presupone una obligación
exclusiva de los jueces, es decir, por quienes formal y materialmente realizan
funciones jurisdiccionales, sin posibilidad de que pueda ser realizado por otro
tipo de estructuras de poder, al margen de si colaboran o no en la aplicación
material de justicia.
3. Sin embargo, dicha determinación no solo podría apartarse de la jurisprudencia
emitida por el tribunal internacional, sino que al ser absoluta no toma en cuenta
casos o supuestos específicos, como las funciones cuasi jurisdiccionales a
cargo de autoridades no jurisdiccionales, lo que hace cuestionable dicha
determinación.
4. Ahora bien, si consideramos que en México se encuentran integradas múltiples
procedimientos en los que materialmente se administra justicia, aún y cuando
no se hace a partir de instituciones jurisdiccionales, sino de otro tipo de
organismos, es decir, de pertenencia al poder legislativo u otro. No podemos
pasar inadvertido que en el sistema de cooperación y división de poderes del
Estado Mexicano, hay órganos formalmente legislativos y ejecutivos que
realizan funciones materialmente jurisdiccionales, como lo son el juicio político, la declaración de procedencia, o el procedimiento de responsabilidad
administrativa; por lo que, se estima necesario analizar, en el marco del Sistema
Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, la compatibilidad del
Control de Convencionalidad con dichas funciones, como mecanismo de
protección para los derechos humanos de los gobernados.
5. Para iniciar con el análisis, en el presente trabajo solo se revisa una de las
herramientas no jurisdiccionales de control constitucional, en específico el
procedimiento de responsabilidad administrativa, mismo que tiene un
fundamento constitucional, pero que quizás no se armoniza con los parámetros
internacionales de derechos humanos.

Descargas

Publicado

2024-07-01